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Prestige, Fabra... Cuando la Justicia es una carrera de relevos

  • El Prestige ha finalizado la instrucción después de seis años y mucha polémica
  • Los expertos consideran que, desde el punto de vista legal, estos procesos son correctos
  • ¿Y desde el punto de vista político?
Por ÁLVARO LLORCA (SOITU.ES)
Actualizado 30-03-2009 17:58 CET

Al fin se ha cerrado la instrucción del caso Prestige, cuando ya habían pasado más de seis años desde que ocurriera aquella tragedia ecológica. Y en todo ese tiempo, hasta cinco jueces desfilaron por el juzgado de instrucción de la localidad coruñesa de Corcubión, lo que motivó que el proceso estuviera sembrado de polémica, debido a las posibles dilaciones injustificadas y la continua movilidad de jueces.

(EFE)

Una carrera de relevos que dura cinco años.

Algo similar (o más grave) ocurre con el caso Fabra, donde la instrucción sigue su curso desde hace más de cinco años, y el número de jueces que se han hecho cargo de la investigación asciende a ocho. Parece que el caso ha sufrido un impulso últimamente, ya que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha enviado a Nules un par de jueces de refuerzo, los cuales se encuentran trabajando allí desde el pasado mes de enero, según confirman fuentes de la Audiencia Provincial de Castellón.

Pero el recorrido hasta llegar a ese punto ha sido bastante penoso, lo que ha disparado todo tipo de suspicacias y ha provocado, incluso, que cuando quedaba una vacante en Nules nadie quisiese acercarse ni por asomo a ese juzgado, que se ocupa de los presuntos delitos contra la administración pública y fraude fiscal cometidos por Carlos Fabra, presidente de la Diputación Provincial de Castellón.

"Si hubiera motivos para pensar que ha habido retrasos injustificados, la Justicia tiene sus propios mecanismos disciplinarios, ya que el retraso injustificado es motivo de sanción. Y si se demostrara que ha habido intencionalidad, ya estaríamos hablando de un delito de prevaricación", nos dice un profesor de Derecho Procesal de la Universidad Complutense (UCM).

"El hecho de que socialmente sea escandaloso, eso no significa que sea antijurídico", nos dice el mismo profesor. Y es que, desde un punto de vista legal, se han cumplido los plazos y, en apariencia, se ha respetado escrupulosamente el procedimiento. "No creo que la instrucción del Prestige haya sido objetable", nos dice en el mismo sentido Andrés de la Oliva, catedrático de Procesal en la Complutense. Y añade: "Si en algo podría ser objetable, eso sería exclusivamente desde el punto de vista político". De hecho, todos los expertos consultados coinciden que la principal causa de todos los retrasos en el proceso no es otra que la excesiva movilidad de jueces. ¿Y a qué se debe esta intensa movilidad? ¿Por qué se permite? Éste es un decálogo de razones para arrojar algo de luz a la situación:

  1. Los juzgados de Nules o de Corcubión son considerados lugares de paso, donde suelen recalar aquellos jueces de ingreso, esto es, recién incorporados a la profesión y con poca experiencia, o también quienes tienen menor antigüedad en la carrera y, por tanto, mayor dificultad para elegir su destino en caso de traslado. Unos y otros tienden a abandonar el lugar a la mínima posibilidad.
  2. Hay varias razones para que sean considerados como juzgados de paso, entre las que se cuenta la preferencia de los jueces por lugares más grandes o el afán (tan humano) de evitar casos tan complejos y de tanta notoriedad como el de Fabra o el Prestige. En todo caso, los jueces no tienen la obligación de justificar o de motivar sus solicitudes de traslado.
  3. Además, hay juzgados que, como el de Nules al margen del caso Fabra, ya se encuentran bastante saturados. De este modo, cobran relevancia las voces que, como la del portavoz de Jueces para la Democracia, Miguel Ángel Gimeno, denuncian que, para evitar retrasos, habría que responder de forma satisfactoria de una vez a la siguiente pregunta: "¿Cuánta carga de trabajo puede soportar un juez?".
  4. Legalmente, los jueces no están obligados a terminar las instrucciones penales que ellos mismos empiezan. Por regla general, la norma más importante a este respecto es que los jueces están sujetos a dictar sentencia en aquellos casos cuya vista han presidido. Es decir, sólo están obligados a permanecer una vez que se inicia el juicio, que es una etapa posterior a la instrucción.
  5. Cuando llevan un mínimo de tres años en la carrera, los jueces pueden ascender a la categoría de magistrado, y en los juzgados pequeños (de menos de 100.000 habitantes) no hay plaza de magistrado, por lo que están obligados a desplazarse si realmente quieren ese ascenso.
  6. Los jueces pueden renunciar al traslado y permanecer en la misma plaza, pero entonces seguirán cobrando como jueces y no como magistrados. Es una de las cosas que han de cambiar si se quiere evitar los grandes atascos judiciales, según nos cuenta Marcelino Sexmero, portavoz de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria. Sin embargo, conviene no olvidar que una mayor libertad de movimientos crearía problemas a la hora de ocupar las plazas vacantes en aquellos lugares donde los jueces son más reticentes a desplazarse, como Canarias o el País Vasco.
  7. Tras un traslado, un juez sustituto ocupa la plaza hasta el nombramiento y la llegada de un nuevo juez titular. Este proceso, en muchas ocasiones se alarga excesivamente en el tiempo debido a la escasez de jueces titulares disponibles. Y es muy difícil que un juez sustituto, a sabiendas de su carácter transitorio, se haga con las riendas de un caso que, como por ejemplo ocurre con el caso Prestige, alcanza casi los 200.000 folios. La abundancia de jueces sustitutos y la escasez de titulares es uno de los problemas que hay en España, ya que uno de cada 10 jueces es sustituto. Acabar con la interinidad es uno de los siete aspectos que quiere cambiar el nuevo ministro Caamaño, según declaró en su primer encuentro con la prensa.
  8. Si un juzgado está muy atascado, existe la posibilidad de que un Tribunal Superior de Justicia pida al Consejo General del Poder Judicial el envío de algún juez de refuerzo. Es lo que ha ocurrido en Nules, aunque hayan tenido que transcurrir más de cinco años de instrucción.
  9. No se puede obligar a los jueces a permanecer en un mismo destino, ya que atentaría contra la independencia judicial. Y eso a pesar que la acusación en el caso Fabra solicitó que un solo juez se ocupara de tramitar el caso de forma permanente.
  10. "A veces los casos se alargan innecesariamente —y esto ocurre especialmente en los casos de contenido muy político— porque la materia penal es dudosa", nos dice también Andrés de la Oliva.
(EFE)

El Prestige.

Sin embargo, ante la magnitud y la lentitud de estos procesos no es extraño que cada movimiento sea auscultado con atención y florezcan las acusaciones (algunas de las cuales pueden no ser del todo gratuitas). De hecho, la existencia de procedimientos sancionadores no es suficiente para aplacar las dudas generadas en torno a la tardanza con la que la Generalitat Valenciana movilizó la provisión de aquellos medios que dependían de ella (el nombramiento de funcionarios se retrasó cuatro meses al no haber presupuesto para sus sueldos, según la consejera de Justicia valenciana). O por la tardanza con la que los bancos suministraron los datos financieros del presidente de la Diputación de Castellón. O también la tardanza con la que se ocuparon los refuerzos que ordenó el CGPJ, debido a que la bolsa de jueces sustitutos estaba vacía. Otra vez surge la eterna pregunta: ¿dónde empieza la política y dónde empieza la Justicia?

Estas dilaciones y tanto cambio de jueces tienen graves consecuencias en lo que se refiere a la eficiencia y a la imagen de la Justicia. Sin embargo, los perjuicios pueden ser aún mayores desde el punto de vista de las personas involucradas en el proceso. "¿Te gustaría que tu caso se alargara tanto en el tiempo?", nos pregunta una de las fuentes consultadas. Y no hay que olvidar que, al tratarse de asuntos tan notorios y de elevadas connotaciones políticas, podría afirmarse que media España se siente en el papel de acusación particular, mientras que la otra mitad ejerce de defensa, por lo que son muchos los que se sienten afectados directamente por estas dilaciones.

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