Estrasburgo (Francia).- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó hoy a España a indemnizar con 170.000 euros a Mikel Iribarren, candidato de Batasuna en las elecciones europeas de 1994, por las secuelas que le causaron el impacto de un bote de humo disparado por la Policía en una manifestación celebrada en Pamplona en 1991 contra la dispersión de presos etarras.
Unos manifestantes portan una bandera en favor de los presos de ETA, durante la manifestación convocada el pasado 3 de enero en Bilbao por la asociación de familiares de presos de ETA, Etxerat, para pedir el cambio de la política penitenciaria. EFE/Archivo
El tribunal, que insta a España a efectuar el pago en los próximos tres meses, sentenció por unanimidad que se violó el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (Prohibición de la tortura), al entender que, al denegar la indemnización, los tribunales nacionales "no consideraron suficientemente la gravedad de las heridas y secuelas".
Además, la sentencia determina una segunda violación del Convenio, la del artículo 6.1 (Derecho a un juicio justo), ya que la duración del procedimiento no tuvo un "plazo razonable".
La sentencia, que incide en la "complejidad" del caso, subraya las iniciativas del demandante "para identificar al culpable" que disparó el bote de humo y recibir así una indemnización "por la acción de un agente de las fuerzas del orden".
El agente que lanzó el artefacto nunca llegó a ser identificado.
De los 170.000 euros que el tribunal fija como indemnización, 100.000 corresponden a daños materiales; 30.000, a gastos y costas; y 40.000, a daños morales. Esta última cifra fue la única acordada sin unanimidad, al aprobarse por 4 votos contra 3.
Uno de los tres votos en contra fue el del juez ad hoc español Alejandro Saiz Arnaiz, después de que el magistrado titular, Luis López Guerra, se inhibiera del caso.
La opinión disidente muestra su disconformidad con la cantidad de 40.000 euros de indemnización por daños morales, ya que proponían 30.000.
Los tres jueces inciden en que Iribarren "contribuyó a crear una situación de peligro de la que finalmente fue víctima".
Iribarren, que presentó su demanda en Estrasburgo el 14 de noviembre de 2003 solicitando más de 350.000 euros, participó en los "altercados", según el juez de instrucción nº 3 de Pamplona, "llevaba en el cuello el pañuelo utilizado por los manifestantes para cubrirse el rostro" y tenía en sus ropas "partículas de elementos químicos para la fabricación de explosivos".
Tras 459 días de recuperación de las "graves lesiones" que sufrió y que le ocasionaron una invalidez permanente del 37%, Iribarren reclamó una indemnización de más de 280.000 euros.
Aunque el instructor del expediente administrativo propuso una indemnización de 88.000 euros, primero, y de 100.000 euros después, el Ministerio del Interior rechazó la demanda el 27 de noviembre de 1997 tras el dictamen del Consejo de Estado, contrario a la reclamación del demandante.
La Audiencia Nacional dictó una sentencia el 1 de julio de 1998, en la que otorgó al demandante una indemnización de 60.000 euros, que fue anulada por una sentencia del Tribunal Supremo, el 31 de enero de 2003.
Según este órgano judicial, la policía "se vio obligada a lanzar, durante horas, botes de humo", su actuación "no fue desproporcionada" y las heridas se debieron "al azar", por lo que Iribarren debía "soportar el daño".
El recurso de amparo presentado por Iribarren ante el Tribunal Constitucional fue rechazado el 21 de octubre de 2003.
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