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Una banca más poderosa para evitar suspensiones 'a gogó'

  • Solbes ya anunció que reformará la norma el próximo año
  • Los juzgados mercantiles están colapsados
  • Este año se han presentado más de 3.000 suspensiones de pagos
Por PAULA CARRIÓN (SOITU.ES)
Actualizado 17-12-2008 10:54 CET

El Gobierno quiere evitar a toda costa otro caso como el de Martinsa Fadesa. La histórica suspensión de pagos (ahora concurso de acreedores) de la inmobiliaria de Fernando Martín, que dejó al descubierto unas deudas de más de 7.000 millones de euros, fue la puntilla necesaria para que el Ejecutivo se replanteara que la norma debía ser reformada. El dato de que este año se presentarán más de 3.000 suspensiones de pagos, el triple que el 2007, también ha ayudado a llegar a esta conclusión. Los cambios, según fuentes del Gobierno, pasan por introducir modificaciones en la ley que amplíen el margen de maniobra de la banca para anticiparse a las quiebras.

(EFE)

Cuando se hizo esta foto Fernando Martín y su inmobiliaria aún eran 'solventes'

Si esta reforma hubiera llegado a principio de este año, insolventes de la talla de Martinsa o Habitat podrían haber llegado a acuerdos con las entidades financieras que les permitirían refinanciarse y poder así continuar con su negocio habitual. Sin embargo, mírales, hasta Fernando Martín (ese hombre que llegó a ser presidente del Real Madrid) se ha tenido que declarar insolvente. El vicesecretario de la Asociación Española de la Banca, Francisco Uría Fernández, ya urgió —en una tribuna publicada en Cinco Días— a que se tomaran medidas en este sentido. La intención del Ejecutivo es salvar al sector financiero a través de esta medida, así el índice de morosidad dejará de escalar tanto como lo estaba haciendo últimamente.

Para que nos enteremos:

  • La Ley Concursal entró en vigor en septiembre de 2004. En la norma se obliga a las empresas a que presenten concurso de acreedores voluntario cuando llevan más de dos meses sin pagar a sus proveedores (de dinero, material, etc.)
  • El concurso de acreedores no es más que un eufemismo que introduce dicha ley para no nombrar las SUSPENSIONES DE PAGOS.
  • Uno de los artículos que previsiblemente se modificarán es el 5, en el que dice textualmente: "El deudor deberá solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia".
  • Otro de los cambios va dirigido a que no se colapsen los juzgados mercantiles.
  • Lo que quiere hacer el Gobierno con la banca ya existe en otros países. En Estados Unidos lo regula el 'Prepackaged Bankruptcy Plans' del famoso Chapter 11, en Francia la 'Conciliacion' de la legislación gala y en Italia los 'Accordi di ristrutturazione dei debiti' y los 'Accordi di risanamento'.

Un camino sin retorno

José Pajares (actual presidente de algo tan largo como la Comisión de Derecho de Insolvencias de la Unión Internacional de Abogados) lleva años recordando que con la actual ley "es imposible" que una empresa con problemas puntuales consiga un "convenio extrajudicial" (con los acreedores y sobre todo con los bancos) para que no le pidan el dinero.

Muchos impagados piden la suspensión de pagos de la empresa que no le paga porque la ley dice que al 'chivato' le pagarán como "premio" al menos el 25% de lo que le deben.

Otra clave: Según Pajares muchos impagados piden la suspensión de pagos de la empresa que no le paga porque la ley dice que al 'chivato' le pagarán como "premio" al menos el 25% de lo que le deben.¿Por qué? En la norma se explica que si una empresa se 'chiva' de otra pasará al grupo de 'privilegio especial' (hay cuatro grupos) que son los primeros que cobran.

Pajares aboga porque, antes de mandar a las empresas a un camino sin retorno —nueve de cada diez empresas cierran el chiringuito después de suspender pagos—, se sienten a hablar pagadores y no pagados y que se llegue a un acuerdo. La búsqueda de una solución 'in extremis' es una situación que "no solamente ha venido intentando Martinsa sino todas las inmobiliarias y, seguramente, muchas otras industrias que están viendo como se cancelan sus créditos y con ello como se limitan sus inversiones".

¿Llega tarde?

La reforma, que se está debatiendo entre los ministerios de Economía y Justicia, tiene el objetivo, según anunció la semana pasada el vicepresidente del Gobierno, Pedro Solbes, de "simplificar estos procedimientos, reducir el coste de los mismos y agilizar los procesos en un momento económico como el actual". Esta modificación legislativa se debatirá en la mesa de reformas estructurales que prevé ponerse en marcha en enero con el PP.

Aunque el objetivo que persiguen los 230 artículos de la Ley Concursal es "la conservación y continuidad de las empresas" parece que pocas llegan a conseguirlo. Esta sangría de cierres en las empresas ha motivado al Ejecutivo a poner la ley en el paquete de "reformas urgentes".

La precipitación de la reforma ha sido criticada. "Cualquier modificación legal hecha a la carrera en función de las necesidades del momento denota falta de técnica legislativa" declara Ignacio Fernández Aguado, socio de CMS Albiñana y Suárez de Lezo. Además recuerda que, a pesar de los cambios que se realicen, no se acabará con la ingente cantidad de suspensiones de pagos que están colapsando los juzgados mercantiles.

Respecto a los convenios anticipados —que sería la aproximación más precisa a el cambio que quiere hacer el ejecutivo— el letrado reconoce que en la práctica no se hace "porque la regulación es deficiente". El problema, a su juicio, es que "en esta ley hay mucho despacho y poco pasillo y se nota claramente que hay una falta de visión práctica". ¿Cambiará las cosas la nueva norma?.

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