Madrid.- La sala del 61 del Tribunal Supremo ha admitido hoy a trámite las demandas de ilegalización formuladas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado contra el EHAK-PCTV, al que ha concedido un plazo de veinte días para que conteste a las mismas, han informado fuentes del Alto Tribunal.
La sala especial, que se ha reunido esta tarde, no ha podido sin embargo admitir a trámite las demandas presentadas contra ANV, para lo que es necesario tener antes por personada a la parte demandada, ya que este partido no ha aportado un poder notarial de representación.
Por ello, el Supremo ha acordado conceder a esta formación un plazo de diez días para que subsane el defecto observado en su escrito de personación.
La sala del 61 da así un nuevo paso en el procedimiento de ilegalización, después de que el pasado día 1 acordara tener las demandas por interpuestas, designara a los respectivos ponentes y emplazara a los dos partidos para que en el término de ocho días comparecieran ante el tribunal.
Ese plazo acababa hoy para en el caso del EHAK-PCTV y mañana para ANV, según las fuentes consultadas.
La Ley de Partidos establece que una vez admitidas las demandas se dará a los demandados un nuevo plazo de veinte días para que contesten a las mismas, que es lo que hoy se ha acordado respecto del EHAK-PCTV.
A continuación, y siempre que las partes lo propongan o la sala lo considere necesario, se abrirá un periodo de prueba, que se regirá por lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que concede a los demandantes y a los demandados plazos sucesivos de veinte días para formular alegaciones sobre las pruebas presentadas.
Finalizado este trámite, el proceso quedará concluso para sentencia.
Por otra parte, durante su reunión de esta tarde, la sala del 61 ha decidido también inadmitir por falta de competencia el recurso interpuesto por la formación ultraderechista Alternativa Española contra su no proclamación como candidatura por Melilla.
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